Se trata de la torta con frutos secos, desecados, especias, licor y oporto; conocida como “torta negra galesa” marca Welsh Pioneer, elaborada en Sala de elaboración Artesanal de Alimento (Ley Nac. 18284 - Art. 154-3); Roldan Liliana, Silvia; Los Alelíes C13 8300, de Neuquén; con registros RN 15000651 y RNPA 15003918.
La medida se tomó porque el producto se encuentra en infracción al artículo 3° de la Ley N°18284, el artículo 3° del Anexo II del Decreto N° 2126/71, y a los artículos 6 bis, 13 y 155 del Código Alimentario Argentino (CAA), por carecer de registros de establecimiento y de producto, y estar falsamente rotulado al utilizar números de RNE y RNPA dados de baja, resultando ser en consecuencia un producto ilegal.
La medida de prohibición se extiende a la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional, y a ventas en plataformas digitales.